
Informamos a uds que por Disposición 2/25 de la Sec de Energía de la Nación y Res. 599/25 de la Pcia de Bs As, se considera el subsidio a usuarios N2 y N3 en zonas frías mientras no tengan suministro de red de gas.
Este beneficio apunta a mitigar los efectos de los incrementos tarifarios en los usuarios clasificados como Nivel 2 y 3 (ingresos bajos y medios), ya que eleva de 250 a 500 kw (N3) y 350 a 700 kw (N2), los escalones con subsidio en los meses de invierno (consumos junio – agosto que se facturarán entre julio – septiembre).
Para acceder a este beneficio, se deben cumplir con las siguientes condiciones:
– Usuario Residencial (T1R ó T4R) Clasificado como N2 o N3
– Localidad indicada como Zona Fría (General Paz está abarcada en la Subzona IIIa).
– Usuarios que no tengan frente a sus domicilios Redes de Gas Natural o Red de Gas propano.
En el caso de nuestro distrito, el mismo se encuentra en su totalidad en Zona Fría, de acuerdo a la clasificación suministrada por el ENARGAS, pero no contamos con información fehaciente que vincule a los usuarios de gas con el suministro eléctrico, por lo que es necesario que cada uno complete el formulario de DDJJ para que la cooperativa pueda aplicar los beneficios que se determinen y que disminuirá de manera importante el valor final de su factura de energía eléctrica.
El formulario puede retirarse en la Cooperativa o descargarlo desde nuestra página web www.cer-ranchos.com.ar
Para que el beneficio pueda ser aplicado en las próximas facturaciones deberá ser entregado hasta el 25 de JULIO de 2025 (en el caso que se entregue posteriormente se considerará para próximos periodos).
APROVECHE ESTE BENEFICIO, NO PAGUE DE MÁS
COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE RANCHOS LTDA.
