
El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 4 de La Plata falló a favor del gobierno bonaerense y permitió que cooperativas y distribuidoras de gas vuelvan a incluir en las facturas el cobro del Fondo Especial para Obras de Gas. La medida judicial representa un nuevo revés para el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, quien había impulsado la interrupción de dicho fondo mediante resoluciones de la Secretaría de Industria y Comercio y del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).
La jueza María Ventura Martínez otorgó una medida cautelar que habilita a once prestadoras, entre ellas Camuzzi Gas Pampeana, Litoral Gas, Naturgy y varias cooperativas del interior bonaerense, a restituir el cobro del impuesto previsto en el artículo 2 de la Ley 8.474. Dicho tributo, que representa el 4% del monto total de la factura de gas, había sido eliminado en octubre de 2023 por decisión del gobierno nacional. Desde entonces, la provincia dejó de recaudar alrededor de 40 millones de pesos mensuales destinados al financiamiento de obras de gas.
En el fallo, la magistrada señaló que “el derecho del gobierno provincial a exigir la continuidad de la actuación como agentes de recaudación a las distribuidoras está suficientemente fundamentado en la vigencia y operatividad de la ley 8.474”. También destacó que este sistema de cobro “jamás tuvo reproches constitucionales por parte de las distribuidoras ni de usuarios”, lo que demuestra que “hay una práctica institucional sostenida al respecto”.
Respuesta bonaerense y cuestionamientos al Gobierno nacional
El Ejecutivo bonaerense sostiene que la medida del gobierno nacional fue una “decisión arbitraria, ilegítima e inconstitucional, violatoria de las competencias locales y del principio de autonomía provincial”. En este sentido, el subsecretario de Energía del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, Gastón Ghioni, declaró: “Este es el primer paso de una batalla que seguiremos dando porque lo que queda claro es el modo de gestionar del gobierno nacional: mediante una mera resolución de un funcionario, pretenden avasallar no sólo la jurisdicción provincial sino también lo resuelto por representantes del pueblo bonaerense en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires”.
El fallo, fechado el 1 de abril, es de aplicación inmediata para las compañías alcanzadas, ya que si bien están bajo jurisdicción nacional, operan dentro del territorio de la provincia. No obstante, no tiene carácter retroactivo y sólo alcanza a una parte de las prestadoras, ya que aún resta resolverse una segunda presentación judicial.
El Fondo Especial para Obras de Gas ha permitido desde su creación la construcción de infraestructura clave como el Gasoducto de la Costa, el del Noroeste, del Noreste y el del Sur, que extendieron el servicio a localidades antes excluidas de la red. La continuidad del fondo, aseguran desde la provincia, es esencial para mantener el ritmo de desarrollo de estas obras estratégicas.
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