Secretaría de Asuntos Docentes de General Paz, envía en adjunto documentos sobre Titularización de Técnica y Agraria- Pautas, procedimiento y cronograma para conocimiento y amplia difusión.
TITULARIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN TÉCNICA Y EDUCACIÓN AGRARIA
PAUTAS, PROCEDIMIENTO Y CRONOGRAMA
Conforme los acuerdos alcanzados en Mesa Paritaria y expresados en el Anexo 2 del Acta suscripta el 16 de abril del cte, la Dirección General de Cultura y Educación se propone establecer las pautas y procedimientos correspondientes al proceso de titularización de docentes con desempeño en los campos técnico específico y científico tecnológico en instituciones educativas secundarias Técnicas y Agrarias dependientes de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional, en orden a las especificaciones que se detallan a continuación.
Serán pasibles de análisis para su eventual titularización los espacios o asignaturas correspondientes al ciclo superior (con excepción de los correspondientes a los 7mos años y aquellos cuya cobertura se produce por presentación de proyectos)
En la primera etapa, accederán a su eventual titularización los/las docentes que reúnan las condiciones o requisitos establecidos en la Ley N° 10579/87, Decreto Reglamentario y sus modificatorias: título habilitante o formación pedagógica, detentar un desempeño mínimo de tres (3) años continuos en los módulos que se pretendan titularizar, tomando como fecha límite de acceso el 31 de diciembre de 2020 y las últimas dos (2) calificaciones que hubiere obtenido en el desempeño de la asignatura o materia, las que no podrán ser menores a seis (6) puntos; no haberse acogido al beneficio previsional, en forma total o parcial, tanto en el orden provincial como nacional; no encontrarse, ni producir a causa de la titularización, al momento de la toma de posesión, alguna de las situaciones de incompatibilidad previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley N° 10579/87 DR, y modificatorias, a los fines de dar cumplimiento a este requisito, el o la docente podrá optar por renunciar a otros módulos o cargos; no hallarse cumpliendo una sanción por falta grave o bajo sumario (en este último caso la titularización quedará pendiente hasta la resolución del mismo)
Una vez ejercida la opción y verificado el cumplimiento de los requisitos para acceder a la titularización extraordinaria, las/los docentes tendrán plazo hasta el 30 de noviembre de 2024 para
realizar el examen de aptitud psicofísica, si no lo tuvieran hecho con anterioridad, conforme las previsiones acordadas en la cláusula primera del acuerdo que regula los aspectos pertinentes en la materia.
Quienes reúnan las condiciones de desempeño y calificación y carezcan de título habilitante o formación pedagógica (requisito b- del acuerdo) podrán, en una etapa posterior al 31 de agosto de 2024, optar hasta por veinte (20) módulos de desempeño para hacer reserva y completar su formación docente en los plazos previstos en el Acuerdo Paritario y serán considerados con carácter de provisionales con reserva de los módulos que revisten y de los que hubieran ejercido la opción de titularización durante el período que medie entre la opción y la acreditación del título habilitante, como último plazo hasta el inicio del ciclo lectivo 2028.
En los casos en que el/la docente, acreditara en el plazo establecido, el título habilitante y el examen de aptitud psicofísica, la titularización se realizará con fecha del primer día hábil del mes posterior al que se realizó el examen de aptitud psicofísica o que acredita la obtención del título habilitante, la que resulte posterior.
En los casos en que las/los docentes no acrediten la culminación de su formación docente, no serán alcanzados por las disposiciones del acuerdo y los módulos serán incorporados en las acciones estatutarias en el ciclo lectivo correspondiente.
Los módulos vacantes que no resultaren seleccionados por los/las docentes para su titularización serán ofrecidos en Acto Público, como vacantes, a partir de diciembre 2024 para su cobertura en oportunidad de las titularizaciones interinas, ampliarán oferta, pero no cupo. Aquellos módulos por
los que se hubiera ejercido la opción permanecerán excluidos, conforme las previsiones descriptas.
Con el propósito de facilitar el proceso se ha diseñado un aplicativo al que se accederá en el portal
oficial abc.gob.ar
PROCEDIMIENTO
El día 20 de mayo de 2024, estará disponible en el portal ABC, el aplicativo correspondiente.
El/la docente que se encuentre en condiciones de acceder al proceso de titularización, en la primera etapa, porque cumple con los requisitos establecidos deberá acceder al portal oficial ABC, debiendo loguearse del modo habitual con usuario y contraseña.
En el área de SERVICIOS, deberá ingresar en el ícono
TITULARIZACIÓN TÉCNICA Y AGRARIA.
- El aplicativo le mostrará a cada docente:
- Nombre y apellido
- DNI
- Total de módulos (sólo verán el total de los módulos que estarían en condiciones de ofrecerse para su titularización por cumplir con los requisitos)
Debajo de este encabezado verán en detalle:
- Materia
- PID (código PID correspondiente a cada carga horaria según la materia)
- Módulos (cantidad de módulos que correspondan)
- Toma de posesión (la fecha de toma de posesión según figura en el HOST)
- Establecimiento (código provincial de cada establecimiento)
- Selecciona SI/NO
En este último deberán seleccionar los módulos que pretendan titularizar, no pudiendo exceder el
límite de 20/21 módulos (21 por excepción y aplicación del principio de la indivisibilidad de la carga horaria)
Determinadas las opciones, deberán presionar el botón Grabar Selección.
El aplicativo expedirá un comprobante que deberán conservar para ulteriores y eventuales situaciones que pudieran surgir.
Resumiendo: Una vez dentro El aplicativo le mostrará todo su desempeño en las asignaturas de los campos técnico específico y científico tecnológico en instituciones educativas secundarias Técnicas y Agrarias dependientes de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional, en los que tiene desempeño y que están en condiciones de titularizar.
El/la docente deberá optar por hasta 20 (veinte) módulos conforme lo establecido en el artículo 28 de la Ley N° 10579/87, Decreto Reglamentario y sus modificatorias.
Se podrá ingresar y modificar las opciones durante todo el período establecido, tomándose como válida la última opción ejercida.
En los casos en que el/la docente, eventualmente observara alguna diferencia u omisión de su desempeño (en condiciones de titularizar) podrá hacer el reclamo correspondiente, mediante la ticketera habilitada específicamente para tal fin y presentar la documentación respaldatoria de la que intente valerse, ante el Tribunal Descentralizado correspondiente. Debe tenerse en cuenta que la ticketera de reclamos será habilitada una vez finalizado el período de inscripción.
Los títulos deberán hallarse debidamente registrados por ante la DGCY